Mamaderas seguras: nuevas exigencias de fabricación y rotulado

Mamaderas seguras: nuevas exigencias de fabricación y rotulado

A través de la disposición 2269/2012 de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) se estableció que los fabricantes de mamaderas tendrán un plazo de 180 días hábiles para realizar las adecuaciones tecnológicas necesarias para el reemplazo de los materiales.

La medida, publicada en el Boletín Oficial de hoy del Ministerio de Salud de la Nación Argentina, exige además que los fabricantes que comercialicen mamaderas de policarbonato (material que al calentarse puede desprender pequeñas cantidades de bisfenol A) deberán rotular sus productos con la leyenda: «Atención: No caliente alimentos dentro de este biberón. Deje entibiar los alimentos calientes previamente a su llenado. Reemplace este biberón cuando presente desgaste (rayones, grietas, pérdida de color)».

El mensaje deberá estar escrito con caracteres de buen tamaño, en un lugar realsado y visible.

La norma otorga a los fabricantes diez días hábiles para presentar ante el Instituto Nacional de Alimentos (INAL), dependiente de la cartera sanitaria nacional, en carácter de declaración jurada, un plan de adecuación del rotulado y la cantidad de mamaderas en stock.

Transcurrido el plazo final (180 días hábiles), las empresas deberán retirar los productos remanentes del mercado.

yortega

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